Normativa
Guía 2026
En España en 2026, los únicos drones que se pueden volar sin necesidad de obtener un certificado o licencia de piloto a distancia son los drones con marcado de clase C0 (Masa Máxima al Despegue o MTOM inferior a 250 gramos), los drones catalogados estrictamente como juguetes (conforme a la Directiva europea 2009/48/CE) y los drones antiguos sin marcado de clase («Legacy») que pesen menos de 250 gramos.
En Drone Plus hemos realizado esta guía para que conozcas al detalle la normativa vigente y operes con total tranquilidad, ya que, salvo los juguetes sin sensores, la inmensa mayoría de estos drones exigen registro gratuito de operador UAS en AESA si equipan una cámara.
Equipo Drone Plus
8 min de lectura
Agosto 2026
Categoría / Clase de Dron
Peso Máximo (MTOM)
Examen / Licencia Exigida
Registro de Operador en AESA
Remote ID (Identificación Directa)
Dron Juguete (Dir. 2009/48/CE)
< 250 g
No requerida
Exento
Exento
Clase C0 (con cámara)
< 250 g
No requerida
Obligatorio (Gratuito)
Exento
Dron Legacy (sin etiqueta C0)
< 250 g
No requerida
Obligatorio (si tiene cámara)
Exento
Clase C1
< 900 g
Obligatorio (A1/A3 telemático)
Obligatorio
Obligatorio
Clase C2
< 4 kg
Obligatorio (A1/A3 + A2)
Obligatorio
Obligatorio
La clase C0 agrupa a las aeronaves no tripuladas diseñadas para el mercado de consumo masivo con un peso inferior a 250 gramos y una velocidad máxima de traslación de 19 m/s (~68,4 km/h).
Modelos de referencia internacional como el DJI Mini 4 Pro, DJI Mini 3 Pro, DJI Mini 2 SE o Autel EVO Nano+ llevan la etiqueta oficial C0. Al estar integrados en la Subcategoría A1, el reglamento permite volar sobre personas aisladas o no participantes de forma imprevista (nunca sobre aglomeraciones de personas). El piloto únicamente debe leer atentamente el manual de instrucciones del fabricante proporcionado con el equipo.
Un dron adquiere jurídicamente la condición de juguete únicamente cuando el fabricante lo certifique explícitamente bajo la Directiva 2009/48/CE sobre la seguridad de los juguetes. Esta especificación debe constar de manera visible en el embalaje y etiquetado del producto, estando destinado a menores de 14 años.
Denominados en el sector aeronáutico como drones Legacy o «sin marcado de clase», son aquellos comercializados antes de la implantación obligatoria del etiquetado europeo.
Si su peso es menor a 250 gramos (ejemplo: un DJI Mavic Mini de primera generación sin sello C0), el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 permite seguir utilizándolos en la subcategoría A1 de forma indefinida sin certificado de piloto. Se les aplica exactamente el mismo régimen operacional que a las unidades C0.
No necesitas ninguna licencia o certificado de piloto para volar un dron C0 o sub-250g en la subcategoría A1. Únicamente debes realizar el registro gratuito de operador de UAS en AESA si el dron posee cámara y colocar tu número de operador impreso sobre el chasis de la aeronave.
Puedes volar un dron de 249 gramos en espacios abiertos fuera de zonas prohibidas o restringidas, sobrevolando a personas no participantes de manera no intencionada (nunca aglomeraciones) y hasta un techo de 120 metros de altura. Debes verificar previamente la plataforma ENAIRE Drones para constatar la ausencia de NOTAMs o limitaciones geográficas UAS.
Se puede volar en zonas rurales, campos o espacios abiertos que no estén clasificados como zona CTR (espacio aéreo controlado aeroportuario), parques nacionales, zonas de protección de fauna (ZEPA), instalaciones de la defensa o infraestructuras críticas. Si necesitas delegar los trámites administrativos en espacios restringidos, puedes contratar una suscripción para la gestión de permisos de drones.
El sobrevuelo no autorizado de propiedades privadas violando el derecho a la intimidad o la protección de datos es sancionable por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Los drones C0 pueden volar en entornos urbanos siempre que no invadan el espacio aéreo restringido ni graben el interior de viviendas o zonas privadas sin consentimiento.
Sí, es legal volar drones de menos de 250 gramos (Clase C0) en entornos urbanos o núcleos de población sin necesidad de licencia de piloto. Sin embargo, debes consultar previamente si se puede volar un dron en un pueblo revisando las ordenanzas municipales locales, las zonas CTR asociadas y garantizando la protección de datos personales de los vecinos.
Las multas administrativas impuestas por AESA parten de 60 euros a 45.000 euros para infracciones leves (como volar sin número de operador visible o sin consultar el espacio aéreo). Las infracciones graves por invadir espacio aéreo controlado o poner en riesgo aeronaves tripuladas oscilan entre 45.001 y 90.000 euros, alcanzando los 225.000 euros en casos de negligencia muy grave.
Comparte esta guía
Más guías para sacar el máximo partido a tu drone
Nuestros servicos
Información legal
Contacto
Siguenos